viernes, 24 de mayo de 2013

Una perspectiva del marco institucional de México, dentro de una realidad presidencialista” *


 Carlos Alfredo Villalobos Meléndez[1]**

Las siguientes notas abordaran un análisis del planteamiento de María Casar. En donde la autora trata de explicar la razones por las que ella considera que México goza de un régimen hiperpresidencial. En donde a partir de consideraciones teóricas, argumenta (con el uso de hechos históricos documentados y cuestiones constitucionales) los componentes institucionales en donde el país  refleja el pleno uso del termino hiperpresidencialismo, para referirse a su situación política.  En el año 1999 María Amparo Casar  escribió un artículo llamado Las relaciones entre el poder ejecutivo y el legislativo: el caso de México.

Amparo Casar a través de su artículo, nos hace una vinculación teórica y práctica, en donde el primer punto que resalta es la conformación de las instituciones y como a partir de, lo que en Administración se considera como  benchmarking,  una conformación de la comparación entre países que poseen características similares. Uno como lector se da cuenta que México es un caso excepcional, en donde bajo una lógica en donde la historia tiene  la mayor parte de la influencia en la conformación de las instituciones, los modelos institucionales son muy rígidos debido a la desconfianza que se crea en ella y por ello esa misma desconfianza lo único que crea es el debilitamiento de las, ya de por sí, muy endebles instituciones.

Lo que Casar llama “presidencialismo excepcional” en sentido teórico, en un ámbito como el mexicano, no podría desarrollarse ya que, institucional y reglamentariamente, la conformación del sistema político y de gobierno en México siguen los cánones de lo que representa el presidencialismo en teoría. Por ello, se podría argumentar que la respuesta a la pregunta ¿existe el presidencialismo excepcional en México? Sería, en el “modelo formal”[2] no existe en ningún contexto práctico en el que el presidencialismo excepcional pudiese existir.

Las fallas del sistema presidencialista, no son determinantes para tener que considerar el cambiar de régimen de gobierno, ya que el mismo sistema parlamentario tiene errores o fallas equivalentes (dentro de su contexto) a las que presenta el presidencialismo. Un ejemplo muy claro, es el hecho de que el ciudadano “no se siente representado” en el sistema parlamentario, debido a que su capacidad de intervención en los asuntos públicos, la ha delegado a un segundo (parlamentario). Por ello cabe aclarar que la comparación que hace la autora es solo con el fin de contrastar un sistema de otro, no buscando el cambio de este.

La aplicación del sistema de gobierno presidencial, deja mucho que desear ya que aunque las figuras institucionales permiten que a través de las instituciones se “blinden” a los actores, quienes han estado al mando de las instituciones han sabido aprovechar sus puestos y las lagunas que normalmente tienen las reglamentaciones, para garantizar su estancia en el poder.

El híper presidencialismo, no solo contempla la organización de un Estado indiviso y unitario, además contempla la existencia de un sistema de partido hegemónico, con el fin de garantizar  la estadía de un mismo grupo del poder, aprovechando a las instituciones  y el control de estas, para volcar los recursos a favor de la estadía del mismo sistema de partido hegemónico, que en el caso mexicano vendría siendo el Partido Revolucionario Institucional(P.R.I.).

Para finalizar, he de traer al debate, el que la rigidez del sistema (provocada por la desconfianza a este) lo único que provoca, es que se tengan lagunas dentro de las bases institucionales y con esto se deforma el ejercicio tanto de las instituciones como de los ciudadanos.




*Las siguientes notas son a partir del artículo de María Amparo Casar  titulado  “Las relaciones entre el poder ejecutivo y el legislativo: el caso de México” publicado en 1999, en Política y Gobierno, Vol. VI, núm. 1, pp.83-128.
[1]Carlos Alfredo Villalobos Meléndez es alumno del cuarto semestre de la Licenciatura en Administración Pública de la Universidad del Istmo, Campus Ixtepec, Oaxaca. E-mail: cavm179091@gmail.com Twitter www.twitter.com/FinzFerdinand
[2] Entendiéndose como  modelo formal, al conjunto de teorías y reglamentaciones en el que se basa la conformación del Estado

miércoles, 8 de mayo de 2013

Porque la econometría, también puede ser romántica.


Vida mía, ya que eres un Modelo Correctamente Especificado y como tal tienes una Bondad de Ajuste cercana al 100% con bastantes Grados de Libertad y además casi todos los Parámetros Estadísticamente Significativos, me gustaría tener una Correlación Serial contigo, que no viole el Supuesto de Normalidad y que no presente problemas de Heterocedasticidad...
Pero tengo miedo de que mediante algún Criterio de Información te identifique como un Proceso de Media Móvil/Aurorregresivo o de Varianza Condicional y yo pueda terminar en un VAR si por el Método de los Momentos eres una de esas Series no Estacionarias o un Modelo de Ecuaciones Simultáneas Aparentemente No Relacionadas que no pueda ser estimado por Máxima Verosimilitud...pero en fín, no solo de Datos de Panel vivirá el econometrista.

martes, 7 de mayo de 2013

Sólo te sueño...

Sueño con elefantes deformes de cabeza, 
con lluvia de café hirviendo,
esperanzas rotas que se desvanecen en el suelo gris 
y tú sentado con las manos frías, 
dispuesto a calentarlas sobre mi cuerpo.


El tiempo es maldito y todo transcurre normal, 
no hay gatos ariscos, 
no hay arañas que vuelen y se enreden en mi cabello,
no hay amor de aves guindas,
el canto de las sirenas me matan pero no las escucho.


Sólo escucho tu voz atrapada entre cristales 
y se debilita mi mundo por no poderte siquiera tocar el pulgar 
y seguir avanzando por tus manos hasta que se entrelace con la mía.
Esto no es amor, lo he dicho mil veces,

sólo te sueño cómo sueño tantas cosas.

-Reyna Martínez.